La CGD de Costa Rica solicita el cumplimiento de la ley de recursos energéticos distribuidos

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La Cámara de Generación Distribuida (CGD) de Costa Rica hace un llamado a la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (ARESEP) por avanzar en el cumplimiento de las obligaciones que la Ley de Promoción y Regulación de los Recursos Energéticos Distribuidos a partir de Fuentes Renovables No.10.086 le impuso a la Autoridad Reguladora; misma que fue aprobada en octubre del 2021 y su publicación en la Gaceta en enero del 2022.

“Estamos en una coyuntura en donde el país no puede darse el lujo de desaprovechar la capacidad instalada de muy bajo costo de generación que pueden proveer los generadores distribuidos al Sistema Eléctrico Nacional. Esta realidad la podemos ver reflejada en los 150 MW de capacidad instalada que hoy día posee el país, si lo comparamos con una planta de generación hidroeléctrica ello equivaldría a la mitad de Reventazón, la planta más grande de Centro América”, explica a pv magazine Jan Borchgrevink, presidente de la Junta Directiva de la CGD.

Según la CGD, la ARESEP, en su rol de regulador del subsector energía, «está incumpliendo los plazos transitorios que la ley impone para la promulgación de los distintos instrumentos regulatorios». La Ley 10.086 cumplió 15 meses de haber entrado en vigor, 18 meses de haber sido aprobada por la Asamblea Legislativa y no ha entrado en operación a favor del consumidor, debido al retraso en la aprobación de la metodología y fijación tarifaria por parte de ARESEP.

Dicho proceso debía estar listo para el mes de enero del 2023, sin embargo, la audiencia pública se realizó a inicios del año presente. La dinámica del mercado no espera al regulador y la razón de contar con una institución árbitro independiente es para que en el ejercicio de sus competencias proteja al consumidor y fije las reglas claras para todos los agentes económicos sujetos a su regulación.

La ARESEP es una institución pública, creada por medio de la Ley 7593 en 1996, con el fin de armonizar las necesidades de usuarios y consumidores con los intereses de los prestadores y velar porque estos servicios se brinden de forma óptima (calidad, continuidad, oportunidad, confiabilidad y precio).

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