La provincia argentina de Buenos Aires reglamentó la Ley de Generación Distribuida

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Concretamente, quienes se adscriban al régimen de generación distribuida recibirán ventajas tributarias relacionadas a exenciones en Ingresos Brutos y en el Impuesto al Sello.

En el caso del impuesto a los Ingresos brutos será por la inyección de los excedentes de energía renovable a la red de distribución; en tanto, en el impuesto de Sellos se volcará en los contratos que suscriban los usuarios con las empresas distribuidoras; en ambos casos las exenciones tendrán un plazo de 12 años.

La reglamentación no incluye a los grandes usuarios o autogeneradores del mercado eléctrico mayorista.

En una comunicación oficial se hace hincapié en que los Usuarios-Generadores de las distribuidoras eléctricas Edenor y Edesur que deseen acceder a los beneficios provinciales “deberán ingresar su certificado de usuario generador expedido por el Registro Nacional en el RUGER [Registro de Usuarios-Generadores de Energía Renovable de la Provincia de Buenos Aires], a través de su distribuidora”.

Según algunas estimaciones, el ahorro en la factura eléctrica podría ubicarse entre el 25 y el 30%.

Actualmente los usuarios argentinos que están en situación de generación distribuida rondan el millar, más de la mitad de ellos en la provincia de Córdoba, cerca de un cuarto en la provincia de Buenos Aires, un 8% en la ciudad de Buenos Aires y el resto diseminado en un puñado de provincias.

Se espera que la reglamentación ahora decretada en la provincia de Buenos Aires impulse considerablemente el sector.

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