El Gobierno de Buenos Aire spublicó este lunes en el Boletín Oficial la reglamentación de la Ley 14.838 por la cual la provincia adhirió al “Régimen de Fomento Nacional para el Uso de Fuentes Renovables de Energía destinada a la producción de energía eléctrica”.
En concreto, reza así:
«Artículo 1º. La provincia de Buenos Aires fomentará la instalación y el desarrollo de emprendimientos para la generación y producción de energía eléctrica a partir de fuentes renovables en su territorio, promoverá y estimulará la investigación en el uso de energías renovables y el desarrollo de tecnologías aplicadas para hacer efectivas las políticas en la materia. Todo ello para lograr una mayor diversificación de la matriz energética, la expansión de la potencia instalada, la reducción de los costos de generación, la contribución a la mitigación del cambio climático y la integración del componente nacional.
Asimismo, y con la finalidad de contribuir al logro de las metas fijadas por la Ley Nacional N° 26.190 y su modificatoria N° 27.191, en los términos que defina la Autoridad de Aplicación, los Distribuidores Municipales y Provinciales deberán priorizar la adquisición de la energía renovable generada en el ámbito de la Provincia.»
El artículo 2 establece beneficios impositivos para “titulares de proyectos de inversión y/o concesionarios de proyectos de instalación de centrales de generación de energía eléctrica, autogeneración y cogeneración, a partir del uso de fuentes de energía renovables en el ámbito territorial de la Provincia”. En concreto, se establecen exenciones impositivas para el impuesto inmobiliario, impuesto de sellos e impuesto sobre los ingresos brutos. La cuantía de la exención se determinará “en función del porcentaje de superficie del inmueble afecta- do a la de generación de energía eléctrica a partir del aprovechamiento de fuentes renovables”.
También se ha creado el Registro Único de Proyectos de Energía Renovable de la provincia de Buenos Aires (RUER), en el marco del Programa Provincial de Incentivos a la Generación de Energía Distribuida (Proinged) y se estableció que la inscripción en ese Registro Único “será obligatoria para todos los proyectos a radicarse en la Provincia que pretendan adherirse al régimen de la Ley N° 14.838”.
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