A través de una simulación con módulos monofaciales y bifaciales instalados en una estructura fija y con seguidores solares en siete localidades de Brasil, el estudio registra una ganancia total de hasta el 27,39% al incluir bifaciales y seguidores.
Las empresas clasificadas realizaron sus pruebas con salmueras de los salares de Uyuni, Pastos Grandes (Potosí) y Coipasa (Oruro). En sus resultados, las compañías demostraron un rendimiento de recuperación de litio por encima del 80%, y algunas superaron el 90%.
El fabricante coreano lanzó un nuevo módulo bifacial basado en obleas M10 y tiene previsto producir módulos más grandes basados en obleas M12 a partir del tercer trimestre.
En un estudio poco halagüeño, que prevé que el PIB de Chile se desacelerará bruscamente hasta el 1,4% en 2022 y el 0,1% en 2023, la organización receta una mayor inversión en renovables para diversificar la economía.
La empresa está desarrollando una cartera de 1 GWh. Este primer proyecto contará con un sistema de baterías de 5 MWh proporcionado por Saft para la planta solar fotovoltaica Uribe, de 58 MW.
La estadounidense EnerVenue proporcionará sus baterías de níquel-hidrógeno para aplicaciones renovables y de almacenamiento a gran escala a Sonnell Power Solutions. Los dispositivos añadirán resiliencia al sector industrial de la isla.
El fabricante chino de paneles DAH Solar ha desarrollado un módulo fotovoltaico para tejados con un frontal sin marco y una función mejorada de drenaje. La batería tiene una potencia nominal de 5,5 kWh y puede instalarse en entornos exteriores.
En plena expansión del mercado de baterías para la electromovilidad, que podría atraer inversiones por US$ 5.000 millones, los empresarios cuestionan la reciente decisión de fijar el precio de exportación del carbonato de litio a nueve países.
Según los términos del acuerdo, la empresa china Canadian Solar se compromete a no importar módulos solares de tejas a los Estados Unidos y la estadounidense detiene los litigios.
La Corte Suprema de Chile acogió las acciones cautelares presentadas por las comunidades indígenas atacameñas de Camar y Coyo al considerar que en la especie no se cumplió con el requisito de fijar un área específica para desarrollar el proyecto, con lo que no se pudo hacer la consulta indígena previa, como estipula la ley.
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