La Autoridad de Fiscalización de Electricidad y Tecnología Nuclear (AETN) de Bolivia aprobó los nuevos reglamentos y tarifas para que los usuarios generen su propia electricidad desde sus domicilios.
Los Autoproductores con Generación Distribuida, tales como entidades estatales, sociedades comerciales, cooperativas o individuos que realicen actividades industriales, podrán inyectar energía eléctrica en uno o varios puntos y retirarla en distintos puntos dentro del área de operación del distribuidor donde estén registrados.
El director ejecutivo de AETN, Eusebio Aruquipa, presentó los reglamentos y tarifas que da luz verde a la implementación de la generación distribuida con energías renovables hasta una potencia de 500 kW y autoproductores de más de 500 kW, ya en vigor. En concreto, enumeró:
Inscripción de Empresas Especializadas: Establece los requisitos y lineamientos para inscribir a empresas especializadas en el diseño, instalación y adecuación de sistemas de Generación Distribuida con energías renovables. Estas empresas deberán registrarse ante la AETN y obtener la habilitación necesaria del distribuidor u operador eléctrico correspondiente.
Autoproducción con Generación Distribuida: Define los requisitos y el procedimiento para la inscripción de consumidores industriales, de transporte masivo o servicios básicos que produzcan su propia energía eléctrica mediante sistemas descentralizados de fuentes renovables. Este proceso se aplica a los consumidores regulados que utilizan la energía para su propio consumo exclusivo.
Retribución de Energía Eléctrica Inyectada: Establece el mecanismo de compensación por la energía eléctrica que los autoproductores inyectan a la red de distribución local. También permite que el excedente de energía se acumule hasta por 24 meses.
Procedimientos de Información y Registro: Detallan los procedimientos para recolectar y remitir información al ente regulador de los generadores distribuidos y autoproductores de generación distribuida. Además, se especifican los requisitos para el registro e incorporación de los generadores distribuidos a la red de distribución.
Tarifas de Inscripción y Actualización: Fija los montos que deben pagar las empresas instaladoras y los autoproductores por el derecho de inscripción y actualización en el registro de generación distribuida.
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