El Poder Ejecutivo de Perú ha publicado en el diario oficial El Peruano, el Decreto Supremo N° 036-2023-EM, por el que se aprueba el Reglamento para la Instalación y Operación de la Infraestructura de Carga de la Movilidad Eléctrica en el país.
Entre los objetivos que se fija la implantación de este marco regulatorio está «orientar a los diferentes actores partícipes en la instalación, adecuación y operación de la infraestructura de carga de la movilidad eléctrica; establecer los requisitos mínimos de instalación, operación, seguridad y mantenimiento que deben cumplir las mismas, así como el diseño y la construcción de sus instalaciones», según un comunicado del Ministerio de Energía y Minas peruano (MINEM).
Seguridad, fiabilidad y minimización de riesgos son los puntos mencionados como relevantes en la normativa, que plantea lineamientos tanto para la carga de acceso privado como público.
Viviendas individuales, edificios o conjuntos habitacionales, oficinas, locales comerciales o industriales, así como aquellas instalaciones para flota de transporte público (taxi o buses) y los llamados electroterminales, son las mencionadas en el primer caso.
El segundo se enfoca las electrolineras y las estaciones de autoservicio.
La supervisión para que las instalaciones referidas cumplan con la norma queda bajo el área del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (Osinergmin) y las municipalidades.
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