El Ministerio de Energía de Colombia abrió el jueves una consulta pública relativa a un proyecto de decreto en el que se detalla la aplicación de los incentivos contemplados en la legislación de energías renovables aprobada en mayo del año pasado, la Ley 1715 de 2014. El documento, que estará en consulta pública hasta el próximo miércoles 22 de abril, se suma a otros decretos de desarrollo de la legislación de renovables con los que el gobierno busca promover estas tecnolgías. Aunque la potencia fotovoltaica de conexión a red es todavía casi testimonial en Colombia, tras la aprobación de la ley de renovables el año pasado se han incrementado los proyectos solares de autoconsumo en el país, en especial en el segmento comercial.
El proyecto de decreto "Por el cual se establecen los lineamientos de política en materia de la aplicación de los incentivos a la inversión en proyectos de fuentes no convencionales de energía y gestión eficiente de la energía contemplados en el Capítulo III de la Ley 1715 de 2014" define los requisitos para obtener los incentivos así como el registro de proyectos. Uno de los mayores incentivos que contempla la legislación es la deducción del 50 por ciento de las inversiones en proyectos de fuentes de no convencionales para los contribuyentes en un periodo de cinco años.
La propuesta de decreto también contempla exenciones arancelarias. Los bienes que se empleen en los proyectos podrán estar exentos de los impuestos a la importación, cuando se cumplan los requisitos establecidos en el decreto. Otro de los incentivos contemplados en la legislación 1715 es la depreciación fiscal y a este respecto se detallan los requisitos para obtener este incentivo.
Normativa de desarrollo de la Ley 1715
Este decreto definirá uno de los aspectos fundamentales de la Ley 1715, los requisitos para el acceso a los incentivos contemplados en la ley y se sumará a la normativa de desarrollo de la legislación de renovables ya aprobada. El pasado mes de diciembre se introdujo un decreto que regula aspectos del autoconsumo, el decreto 2469 "Por el cual se establecen los lineamientos de política energética de entrega de excedentes de autogeneración". Esta última normativa se aplica a las instalaciones a pequeña y a gran escala escala y establece procedimientos simplificados para generadores con una potencia menor a cinco megavatios.
En este contexto, en los últimos meses se han incrementado en Colombia los proyectos fotovoltaicos de autoconsumo, en particular en el segmento comercial. En marzo se completó una instalación fotovoltaica de unos 500 kilovatios de potencia en la cubierta de un establecimiento de la cadena Grupo Éxito en la localidad de Barranquilla, el mayor sistema fotovoltaico en operación hasta la fecha en Colombia. En este proyecto participó la empresa británica Solarcentury. Otra de las mayores instalaciones del país se completó el pasado mes de octubre en una tienda Alkosto en la capital Bogotá. En este proyecto de 268,5 kilovatios de potencia participó la empresa Panasonic.
143 MW solares en plan energético
El gobierno colombiano no ha fijado objetivos concretos de instalación para la fotovoltaica, sin embargo en el documento Plan Energético Nacional Colombia: Ideario Energético 2050 elaborado por la Unidad de Planeación Minero Energética (Upme) y publicado a principios de este año se menciona una posible meta de 143 megavatios de solar en el año 2028.
Hasta la fecha apenas se han instalado cerca de diez megavatios en instalaciones fotovoltaicas en Colombia, lo que en su mayor parte corresponde a instalaciones aisladas. Todavía no se ha llevado a cabo en Colombia ningún parque solar de megavatios aunque existen planes para una central solar y eólica híbrida en el departamento de Santander. (Redacción)
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