El presidente de la Administración Nacional de Electricidad (ANDE), Félix Sosa, aseguró que el organismo que dirige está trabajando en la reglamentación de la ley que regula la generación de energía a partir de fuentes de energía renovables no convencionales.
La Ley N°6977 “que regula el fomento, generación, producción, desarrollo y la utilización de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables no convencionales no hidráulicas”, fue promulgada en enero de este año, con la tarea restante de fijar su reglamentación.
En un comunicado, se explica desde ANDE que el Banco Mundial está ejecutando una cooperación técnica a través de la consultora Clerk, con el objetivo de analizar la mencionada Ley, “con especial énfasis en los desafíos reglamentarios y de implementación, siendo los productos esperados el diagnóstico sobre la Ley y la hoja de ruta para su implementación”, según se asegura.
Entre las propuestas de la consultora, se han aportado las experiencias de Uruguay en la implementación de una legislación equivalente.
Uno de los puntos más nodales de la reglamentación será seguramente el referido a los incentivos, respecto de los cuales el artículo 35 puntualiza que “las personas físicas y jurídicas productoras o destinadas a la fabricación, implementación y utilización de energía a partir de fuentes de energías renovables gozarán de un régimen especial de incentivos fiscales tanto en los bienes como en el capital que se invierta para la construcción de equipos y nuevas obras destinadas a la producción de energía eléctrica”.
Dicho régimen se ha marcado en 5 años, y se explicita que “para beneficiarse de estos incentivos, la autoridad de aplicación fijará en la reglamentación los topes mínimos de inversión según se establezca conforme a la naturaleza de la producción menor, mediano o mayor de energía renovable no convencional no hidráulica”.
Es de hacer notar que la Ley establece para todas las tecnologías renovables no convencionales algún tipo de límite para acceder a los incentivos, con excepción de la fotovoltaica, de los que se asume “de cualquier tipo y de cualquier nivel de potencia”.
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