Los proyectos renovables argentinos que no hayan cumplido podrán rescindir sus contratos

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Según un análisis técnico efectuado en agosto de 2021 por la Dirección Nacional de Generación Eléctrica de la Subsecretaría de Energía Eléctrica del Ministerio de Economía argentino, se ha verificado que “existen proyectos en causal de rescisión por demoras de más de 180 días en su Fecha Programada de Habilitación Comercial y que cuentan con distinto estado de avance de obra, lo que implicaría la inmediata ejecución de las Garantías de Cumplimento de Contrato comprometidas”.

El Gobierno argentino ha apostado por la progresiva incorporación de la participación de las fuentes renovables de energía en la matriz energética nacional hasta alcanzar un 20% de los consumos anuales totales al 31 de diciembre de 2025. En octubre, las renovables apuntaban a un récord histórico de abastecimiento del 14,2%.

Por ello, la Secretaría de Energía del Ministerio de Economía, con fecha del 27 de diciembre de 2021, considera necesario recuperar “la capacidad de transporte de los nodos de la Red comprometidos con los proyectos que no se encuentran habilitados comercialmente y que presenten dificultades para concretarse, de manera que se permita la eventual suscripción de nuevos contratos en los referidos nodos”.

Para ello ha decidido que las empresas titulares de proyectos de generación de energía eléctrica de fuentes renovables que resultaron adjudicatarias de Contratos de Abastecimiento de Energía Eléctrica Renovable suscriptos con la Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico Sociedad Anónima (CAMMESA) que aún no han cumplido con la Fecha de Habilitación Comercial podrán solicitar la rescisión de los referidos contratos. Podrán hacerlo efectuando el pago de una suma definida para cada tecnología, el que deberá abonarse por única vez.

Las tecnologías Solar Fotovoltaica y eólica deberán abonar la suma de 17.500 dólares estadounidenses por cada megavatio de potencia contratada, y 12.500 US$ las centrales de Pequeños Aprovechamientos Hidroeléctricos (PAH) y Bioenergías.

Sin embargo, otros titulares de proyectos podrán solicitar una reconducción de su Contrato por una prórroga de hasta 365 días corridos para alcanzar la Fecha de Habilitación Comercial, siempre que la sociedad titular del proyecto acepte una reducción del Período de Abastecimiento y del Precio del Contrato de Abastecimiento.

La Solicitud de Reconducción Contractual por Reducción de la Potencia Contratada deberá ser presentada ante CAMMESA en un plazo no mayor a 30 días hábiles a partir de la publicación de la presente medida.

Aquí se pueden conocer todos los detalles de la resolución.

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