El Ministerio de Finanzas y Precios de Cuba, junto con otras entidades gubernamentales, publicó en la Gaceta Oficial Ordinaria No. 60 la Resolución 169/2025, que establece nuevas exenciones del impuesto aduanero para sistemas solares fotovoltaicos y equipos relacionados. Las medidas incluyen beneficios para personas naturales y jurídicas, con efecto retroactivo desde el 1 de mayo de este año, e introducen mecanismos fiscales y administrativos orientados a facilitar las importaciones en un contexto de creciente déficit energético.
La resolución exime del impuesto aduanero a sistemas solares fotovoltaicos, así como a sus partes y piezas fundamentales. El beneficio aplica también a calentadores solares, bombas solares, pequeños aerogeneradores, motobombas a biogás, alumbrado solar, sistemas de aire acondicionado solares y cargadores para vehículos eléctricos alimentados por fuentes renovables. El listado incluye además equipos de procesamiento de biomasa para generación de energía. Todos estos productos están identificados por códigos arancelarios específicos en los anexos de la norma.
En lo que respecta al sector empresarial, la medida incorpora por primera vez la posibilidad de que personas jurídicas accedan a estas exenciones. Esto permitirá a empresas y cooperativas importar directamente sistemas solares y componentes para su instalación o producción, sin necesidad de solicitar previamente la autorización del Ministerio en más de 200 partidas arancelarias. También se autoriza la importación libre de aranceles de materias primas, partes, equipos y accesorios destinados a fabricar o ensamblar estos sistemas en territorio nacional.
El paquete normativo incluye además beneficios fiscales complementarios. Las personas jurídicas que ejecuten proyectos de generación con fuentes renovables podrán quedar exentas del pago del Impuesto sobre Utilidades durante un período de hasta ocho años, correspondiente al plazo de recuperación de la inversión. Para ello deberán presentar un estudio de factibilidad económica y el dictamen técnico de la Oficina Nacional para el Control del Uso Racional de la Energía (ONURE). La obligación de ratificación anual queda eliminada.
Estas medidas se anuncian en un momento en que Cuba atraviesa una crisis energética agravada por el deterioro del parque termoeléctrico, la escasez de combustible y la limitada capacidad de importación. Según datos del propio Ministerio de Energía y Minas, durante mayo y junio de 2025 se registraron cortes de electricidad de entre seis y doce horas diarias en varias provincias. El gobierno ha reconocido que la generación base no cubre la demanda actual y ha planteado el despliegue de tecnologías descentralizadas como una opción complementaria.
De acuerdo con información difundida por la Aduana General de la República, la aplicación de estas exenciones será inmediata. Las mercancías beneficiadas deberán presentarse separadas del resto de los artículos importados para su clasificación diferenciada. Además, el Ministerio de Energía y Minas ha informado que prepara materiales de orientación para empresas y ciudadanos que deseen acogerse a estas facilidades, con el fin de acelerar su implementación.
La Resolución 169 también modifica y deroga normativas anteriores, entre ellas la Resolución 238/2023 sobre tarifas eléctricas, así como las Resoluciones 319 y 322 de 2021. Con ello, las autoridades buscan unificar el marco legal aplicable a los incentivos fiscales vinculados al uso de fuentes renovables en una sola disposición jurídica.
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