A finales de abril, el Gobierno de Colombia sometió a información pública el Proyecto de Resolución “por el cual se convoca a la subasta de contratación de largo plazo para proyectos de generación de energía eléctrica y se definen los parámetros de su aplicación”, con el objeto de recibir observaciones y comentarios.
Ahora, y mientras el país sigue acaparando titulares por las revueltas que se vienen produciendo desde hace semanas, el Ministerio de Minas y Energía dejó en firme la convocatoria para realizar la tercera Subasta de Contratos de Largo Plazo de energía renovable no convencional antes del 31 de octubre de 2021 por parte del Administrador del Sistema de Intercambios Comerciales (ASIC).
En esta subasta podrán participar proyectos de Fuentes No Convencionales de Energía Renovable (FNCER) que tengan una capacidad igual o mayor a 5 MW y estén inscritos en el registro de proyectos de generación de energía eléctrica de la UPME, mínimo en la fase 2. Además, deberán contar con el concepto de conexión a la red de transmisión nacional o transmisión regional aprobado por la UPME.
También podrán participar proyectos que hayan adquirido obligaciones en las subastas de Cargo por Confiabilidad y de Contratos de Largo Plazo de 2019 sólo si desean presentar ofertas para el bloque 3, que va desde las 5:00 pm hasta las 12:00 am, ya que al ser el horario de mayor consumo de energía se busca asegurar la oferta necesaria para atender las necesidades de los colombianos.
Los proyectos que logren asignaciones en esta subasta deben comenzar a cumplir con sus obligaciones de suministro de energía eléctrica a partir del 1 de enero de 2023. El período del suministro será de 15 años, de acuerdo a lo establecido en los contratos financieros que se firmarán.
Además, para esta nueva subasta los participantes en calidad de compradores no tendrán condiciones que limiten la oferta con la que deseen participar, mientras que la oferta de los vendedores no podrá superar la capacidad instalada de su proyecto de generación.
Finalmente, los proyectos de generación que resulten adjudicados tendrán la posibilidad de prórroga hasta por 2 años para la fecha de puesta en operación, sin que se ejecute la garantía. Sin embargo, el generador estará en la obligación de cumplir con los compromisos de energía adquiridos durante este tiempo.
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