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El gobierno de EE. UU. restringe el acopio de productos solares previo a la entrada en vigor de los aranceles, ante la fecha límite del 4 de diciembre

El Departamento de Comercio limitó los volúmenes de importación y amenazó con revocar las licencias de los intermediarios para evitar un aumento repentino de envíos con el objetivo de eludir los aranceles de la Sección 232.
Imagen: Capitán Albert E. Theberge, Cuerpo de la NOAA (retirado), commons wikimedia

El Departamento de Comercio de EE. UU. ha emitido una norma de emergencia para frenar un aumento repentino de las importaciones antes de la entrada en vigor de los aranceles en toda la cadena de suministro solar, estableciendo un control estricto y límites de volumen para el polisilicio, las obleas, las celdas y los módulos extranjeros que ingresan al país.

La medida, emitida a través de una norma final temporal por la Oficina de Industria y Seguridad del Departamento de Comercio junto con la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza de EE. UU., tiene como objetivo evitar que los proveedores y desarrolladores extranjeros acumulen inventario antes de que entren en vigor las nuevas medidas de protección comercial el 4 de diciembre. A partir de esa fecha, los envíos entrantes estarán sujetos a un arancel del 15 %, además de los precios mínimos de importación establecidos en virtud de la Sección 232 de la Proclamación Presidencial 11052.

El Departamento de Comercio está evaluando los volúmenes totales de importación de cada importador registrado en comparación con los promedios históricos de referencia. A los importadores que se detecte que traen volúmenes sustancialmente mayores que los niveles de referencia anteriores se les prohibirá realizar más importaciones de equipos solares sujetos a estas medidas antes de la fecha límite del 4 de diciembre.

Los contratos de adquisición de equipos suelen identificar al importador registrado, que puede ser el desarrollador del proyecto, el contratista de ingeniería, adquisición y construcción, el fabricante de componentes o un proveedor externo, dependiendo de los acuerdos de despacho aduanero.

Para cerrar posibles brechas relacionadas con entidades corporativas de reciente creación, la norma impone límites cuantitativos semanales estrictos a los importadores registrados después del 6 de agosto que carezcan de datos históricos de referencia.

Entre el 22 de septiembre y el 4 de diciembre, estos nuevos importadores están sujetos a límites de importación semanales de 12 kilogramos de polisilicio, siete kilogramos de obleas, 2.000 celdas solares y 55 módulos solares. Los agentes aduanales que ayuden a las entidades a evadir o eludir estos umbrales de volumen se enfrentan a sanciones monetarias o a la revocación formal de sus licencias de agente.

Las entidades afectadas pueden presentar solicitudes por correo electrónico al Departamento de Comercio para obtener una exención que les permita exceder los límites de importación. Los solicitantes deben proporcionar documentación que demuestre que los volúmenes de importación programados entre el 6 de agosto y el 4 de diciembre se basan en consideraciones comerciales legítimas y no en el acopio previo a la imposición de aranceles, junto con un compromiso vinculante de no acaparar existencias. El Departamento de Comercio planea emitir respuestas en un plazo de 14 días, las cuales pueden incluir solicitudes de documentación comercial adicional.

Además, el Departamento de Comercio se reserva la autoridad de otorgar exenciones arancelarias a los fabricantes que presenten planes verificados de relocalización para construir, renovar o ampliar fábricas nacionales con el fin de fabricar productos solares dentro de Estados Unidos.

Los grupos comerciales de energía limpia y los desarrolladores de proyectos advierten que la acumulación de aranceles de la Sección 232 y precios mínimos de importación sobre los aranceles comerciales existentes inflará los costos de ejecución de los proyectos, creará escasez de suministro de celdas para los ensambladores nacionales de módulos y ralentizará los plazos generales de descarbonización.

Los fabricantes solares estadounidenses acogieron con satisfacción las medidas federales, calificando los aumentos repentinos de las importaciones previos a la política como una táctica oportunista utilizada por los productores extranjeros para debilitar las protecciones comerciales estadounidenses.

“Inundar el mercado estadounidense con grandes volúmenes de productos importados es una estrategia que las empresas extranjeras han utilizado desde hace mucho tiempo para socavar a los fabricantes estadounidenses”, dijo Andy Park, director ejecutivo global de Hanwha Qcells. “Hemos visto repetidamente cómo los volúmenes de importación se disparan antes de la implementación de políticas comerciales o industriales importantes de Estados Unidos, ya que las empresas buscan aprovechar las lagunas legales y obtener una ventaja desleal antes de que las nuevas medidas entren en vigor”.

«Creemos que estas enérgicas medidas de aplicación de la ley ayudarán a eliminar las prácticas de mercado ilegales, a restaurar la integridad y la equidad en el mercado solar de EE. UU., y a garantizar que las políticas comerciales e industriales de la Administración alcancen los objetivos previstos», agregó Park. «En última instancia, estos esfuerzos contribuirán a atraer más inversión en manufactura y empleos de alta calidad al país, y acelerarán el crecimiento de la energía producida en EE. UU.».

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