Acuerdo en Brasil para compensar vertidos de generación atrae a 1.539 plantas solares y eólicas
Un total de 1.539 plantas fotovoltaicas y eólicas, que suman aproximadamente 53 GW de capacidad instalada, manifestó interés en adherirse al mecanismo de compensación por los recortes de generación, según un comunicado del Ministerio de Minas y Energía (MME) del 11 de agosto.
La cifra corresponde a la adhesión de proyectos afectados por el denominado curtailment y abarca una parte significativa de la capacidad de generación considerada en el proceso. La información fue divulgada por el MME tras el cierre de la etapa de manifestación de interés prevista en la normativa.
El mecanismo fue reglamentado por la Ordenanza Normativa MME n.º 140/2026, publicada en julio, y contempla recortes de generación ocurridos entre el 1 de septiembre de 2023 y el 25 de noviembre de 2025, siempre que estén asociados a eventos de indisponibilidad externa o al cumplimiento de requisitos de confiabilidad eléctrica. Los recortes derivados de un exceso de oferta de energía no están incluidos en la compensación.
Cómo funcionará la compensación
La normativa establece que podrán participar los titulares de plantas solares y eólicas conectadas a la Red Básica y a las Demás Instalaciones de Transmisión (DIT) en el ámbito del Sistema Interconectado Nacional (SIN).
La adhesión al mecanismo se realiza mediante un Término de Compromiso con la Unión. Entre las condiciones previstas figura la renuncia al derecho que fundamenta eventuales acciones judiciales relacionadas con la compensación por los recortes incluidos en el acuerdo. Esta condición ya había sido establecida por la Ley n.º 15.269/2025, que incorporó el artículo 1º-B a la Ley n.º 10.848/2004.
De acuerdo con la legislación, corresponde al Operador Nacional del Sistema Eléctrico (ONS) determinar los volúmenes de recorte susceptibles de compensación y remitirlos a la Cámara de Comercialización de Energía Eléctrica (CCEE). La CCEE será responsable de calcular los resarcimientos y actualizar los valores conforme al Índice Nacional de Precios al Consumidor Amplio (IPCA), desde la fecha de cada evento hasta el pago.
La Ordenanza n.º 140 detalla además los procedimientos para la actualización de la información, la determinación y clasificación de los recortes, el cálculo de los montos y la instrumentación de la compensación.
El monto de la compensación aún será calculado
La manifestación de interés de las 1.539 plantas no representa, por lo tanto, el monto final de la compensación. El importe adeudado a cada proyecto dependerá todavía de la determinación de los recortes considerados elegibles y de la aplicación de la metodología establecida por el Gobierno.
La normativa prevé un tratamiento específico según la modalidad de contratación de la planta. Para los proyectos participantes en el Programa de Incentivo a las Fuentes Alternativas de Energía Eléctrica (Proinfa), los recortes elegibles se valoran según el precio contractual vigente durante el período en que ocurrió el evento. Para los demás casos, la metodología considera, entre otros criterios, el precio de la energía contratada y el Precio de Liquidación de Diferencias (PLD). La CCEE deberá efectuar las reliquidaciones necesarias una vez concluida la etapa de adhesión y tras disponer de la información requerida.
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