El Ministerio de Energía y Minas del gobierno de La Habana de acuerdo con lo publicado por la Gaceta Oficial de Cuba, instruye a la Dirección General de la Unión Eléctrica para el proceso de elaboración de contratos de potencia para instrumentar la instalación de parques solares fotovoltaicos teniendo en cuanta las siguientes observaciones:
a) Reconocer una cantidad mínima a contratar de quinientos Watt de potencia solar fotovoltaica, sin límite máximo
b) Que el precio de la potencia contratada dependa del período de vigencia del contrato (ver tabla)
c) Garantizar la reducción del consumo mensual de electricidad de los clientes por un valor de ciento veinticinco kWh por cada kW de potencia contratada durante el período de vigencia del contrato; y
d) Comprar la energía con la tarifa establecida para cada caso, cuando el balance neto mensual dé como resultado una entrega a la red por parte de los clientes
El documento difundido por la gaceta, indica que serán personas naturales y jurídicas el destino de la convocatoria, las cuales al ingresar al proceso deberán depositar el monto del valor de la potencia fotovoltaica contratada en las cuentas bancarias que a tales efectos tiene habilitadas la Dirección General de la Unión Eléctrica, instancia dependiente del Ministerio de Energía y Minas.
Uno de los puntos relevantes a destacar es: “La recaudación que por concepto de la contratación de potencia fotovoltaica que obtenga la Dirección General de la Unión Eléctrica será la fuente para la ejecución de las inversiones en la generación y distribución de la electricidad, priorizando el desarrollo de las fuentes renovables de energía, y dicha dirección entregará un certificado de generación a las personas naturales y jurídicas que contraten potencia fotovoltaica.”
Las indicaciones establecen que será la Dirección General de la Unión Eléctrica la responsable de elaborar los contratos necesarios para implementar el proceso y el diseñar y establecer una campaña de comunicación con el fin de su divulgación a las personas naturales y jurídicas.
La convocatoria que hace la Gaceta Oficial de Cuba está firmada el pasado 30 de noviembre, por lo cual se encuentra vigente el proceso.
El proceso convocado por el Ministerio de Energía y Minas se lleva al cabo bajo la Disposición Final del Decreto-Ley 345 “Del Desarrollo de las Fuentes Renovables y el Uso Eficiente de la Energía”, firmado el 23 de marzo de 2017, en el cual se establece las regulaciones para desarrollar en los sectores residencial y no residencial, el uso de las fuentes renovables de energía y elevar la gestión, la eficiencia y la conservación energética.
Es importante recordar que el pasado mes de julio, el gobierno de Cuba aprobó la importación sin límites de equipo tecnológico para la generación de energía vía fuentes renovables con el objetivo de elevar su participación en la matriz de generación de energía en todo su territorio nacional.
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