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Tribunal de EE. UU. restablece el puerto seguro del 5% para la energía eólica y la solar de gran escala

Un tribunal federal de Washington D. C. dictaminó que el Servicio de Impuestos Internos (IRS) actuó de manera “arbitraria y caprichosa” cuando —después de más de una década de precedentes— exigió solo a las instalaciones eólicas y solares que cambiaran la forma en que establecen el “puerto seguro”.
El Palacio de Justicia Federal Barrett Prettyman, donde se encuentra el Tribunal de Distrito de Estados Unidos para el Distrito de Columbia. | Imagen: Toohool, Wikimedia Commons, CC BY-SA 4.0

En un fallo con implicaciones nacionales, el Tribunal de Distrito de Estados Unidos para el Distrito de Columbia determinó que el Servicio de Impuestos Internos (IRS) actuó de manera “arbitraria y caprichosa” cuando estableció que las instalaciones de energía eólica y solar ya no eran elegibles para utilizar el método de puerto seguro del 5% para asegurar el crédito fiscal en la Notificación 2025-42. El tribunal anuló la Notificación a nivel nacional y la devolvió al IRS.

Sin embargo, el efecto del fallo podría ser limitado, especialmente entre los desarrolladores solares más reacios al riesgo. David Burton, socio de Norton Rose Fulbright, dijo a pv magazine: “Dado el riesgo de que sea revocado en apelación, la mayoría de los desarrolladores no estarán dispuestos a basarse en él”. Señaló que, aunque considera que la opinión está bien fundamentada, la posibilidad práctica de una revocación basta para que los desarrolladores eviten apoyarse directamente en ella.

No obstante, Burton sugiere que el fallo sí ofrece un importante valor de respaldo si un desarrollador ya ha gastado el 5% de los costos del proyecto en el curso ordinario de negocios ya en marcha.

Quienes presentaron la demanda argumentaron que el IRS “no articuló una base razonada para el importante cambio de política”, que “señala arbitrariamente a los proyectos eólicos y a ciertos proyectos solares para un trato desfavorable sin justificación”, y que el IRS “no consideró en absoluto los importantes intereses de confianza ni evaluó opciones de política alternativas al adoptar la Notificación”.

En la presentación Oregon Environmental Council v. Internal Revenue Service, el juez afirmó:

Tomados en conjunto, estos factores llevan al Tribunal a concluir que la explicación superficial de la Notificación es insuficiente para mostrar el “camino” que llevó al IRS a eliminar el puerto seguro del cinco por ciento para los proyectos eólicos y solares de gran escala, mientras mantenía el puerto seguro vigente para otros proyectos de energía limpia. Véase State Farm, 463 U.S. en 43 (citando Bowman Transp., 419 U.S. en 286). Debido a que los demandados no articularon una explicación razonada para esta decisión trascendental ni dieron la debida consideración a los importantes intereses de confianza generados por su política anterior, la Notificación 2025-42 es arbitraria y caprichosa.

Los cinco factores del tribunal que fueron “tomados en conjunto”, en las páginas 50 a 53, son los siguientes:

  • Primero, no hubo explicación de la premisa central. La Notificación nunca explicó cómo los proyectos que utilizaban el puerto seguro del 5% estaban “eludiendo” el plazo legal o incurriendo en una “manipulación artificial de la elegibilidad”.
  • Segundo, no hubo explicación para rechazar alternativas más acotadas. La Notificación no indicó por qué el IRS eliminó por completo el puerto seguro en lugar de adoptar las medidas específicas contra la elusión propuestas por los comentaristas.
  • Tercero, no hubo explicación para señalar específicamente a la energía eólica y a la solar de gran escala. Los créditos son tecnológicamente neutrales, pero la Notificación trató a la energía eólica y a la solar de gran escala de manera distinta de otras tecnologías de energía limpia sin explicar por qué. De hecho, el tribunal señaló que varios comentaristas habían advertido sobre la fragmentación regulatoria resultante.
  • Cuarto, los argumentos del litigio no llenaron la brecha lógica requerida. La justificación de “acopio” que el IRS sostuvo en sus escritos no figuraba en la Notificación ni en el expediente, y “las especulaciones informadas de terceros no sustituyen una explicación razonada”.
  • Finalmente, el registro de actuaciones contradice la justificación declarada. “Una revisión exhaustiva del expediente socava la conclusión de que los demandados tomaron una decisión razonada para eliminar el puerto seguro del cinco por ciento… sobre la base de preocupaciones relativas al acopio”. La Notificación nunca explicó por qué las preocupaciones sobre el acopio se aplicaban a la energía eólica y a la solar de gran escala, pero no a proyectos en situación similar que utilizan otras tecnologías.

Aunque Burton dijo que muchos desarrolladores no estarían dispuestos a asumir tales riesgos, sí identificó un subconjunto que podría hacer uso del fallo. Señaló los proyectos de más de 1,5 MW —el umbral para utilizar el puerto seguro del 5% bajo la Notificación— que “no requieren un transformador principal de potencia y no cuentan con los permisos necesarios para realizar trabajos en el sitio”, cuyos desarrolladores, según él, “están apresurándose para comenzar la construcción sin el puerto seguro del 5%”. El fallo, dijo Burton, “permite a esos desarrolladores utilizar el puerto seguro del 5% y arriesgarse con la apelación”.

Al cierre del día 6 de junio, el Gobierno aún no había presentado una apelación.

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