El gobierno español deroga el RD 661/2007 y el RD 1578/2008

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El Real Decreto-Ley (RD-L) 9/2013 de medidas urgentes para el sistema eléctrico publicado el sábado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) español deroga las normas anteriores que regulan la tarifa fotovoltaica, es decir el Real Decreto (RD) 661/2007 y el RD 1578/2008. Como anunció el ministro de Industria, Energía y Turismo José Manuel Soria el viernes tras el Consejo de Ministros la nueva normativa establece un marco de retribución distinto para las energías renovables.
Bajo él, las energías renovables pasarán a cobrar los precios de mercado más una "retribución adicional". Este marco todavía tendrá que ser definido en otro RD que todavía estaría preparando el gobierno. Cuando se publiquen los detalles del nuevo esquema de retribución, este se aplicará a partir del momento de la entrada en vigor del RD-L 9/2013 que es el domingo 14 de julio de 2013. Con respecto al autoconsumo, cuya regulación fue anunciada por Soria recientemente, el RD-L 9/2013 establece un registro para las instalaciones de autoconsumo.
El gobierno español justifica las medidas alegando que es necesario reducir los costes del sistema eléctrico, en el que hay un déficit de tarifa de 26.000 millones de euros. Con las medidas del RD-L 9/2013, el gobierno espera un ahorro de 2.700 millones de euros. Estos recortes se suman a los ya introducidos este año y el año pasado en el sector eléctrico. Para la fotovoltaica, supone el quinto recorte retroactivo. La Unión Española Fotovoltaica (UNEF) ha calificado las nuevas medidas de nuevo golpe al sector fotovoltaico. Además, ve las medidas contrarias al principio de seguridad jurídica. (Blanca Díaz)

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